DEVOLUCION SOBRE EL IMPUESTO DE HIDROCARBUROS SOPORTADAS POR AGRICULTORES Y GANADEROS
DEVOLUCION SOBRE EL IMPUESTO DE HIDROCARBUROS SOPORTADAS POR AGRICULTORES Y GANADEROS
lunes 20 de abril, 2015
Está abierto el plazo desde el 1 de Abril para la presentación de la devolución sobre el impuesto de Hidrocarburos soprotada por Agricultores y Ganaderos. Enlace con la web de la Agencia Tributaria para la solicitud
Para obtener la presente devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos, deberá presentarse a la Administración Tributaria -de acuerdo con la Orden que en cada período establezca el procedimiento para la devolución parcial de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos soportadas por agricultores y ganaderos- la correspondiente solicitud de devolución.
Esta presentación se realizará por Internet en la dirección www.agenciatributaria.gob.es, a partir del 1 de abril del año posterior a aquél en el que se realizaron las adquisiciones de gasóleo, estando en posesión de un certificado de firma electrónica, o realizar la presentación de la solicitud a través de la colaboración social, ajustada al formato electrónico aprobado.
En la solicitud deberá constar:
- NIF: 9 caracteres
- Código correspondiente al medio empleado para la utilización del gasóleo como carburante: 1. Tractores; 2. Maquinaria agrícola distinta de los tractores; 3. Motores fijos; 4. Otros medios utilizados.
- Las matrículas de los vehículos en los que se ha utilizado el gasóleo bonificado.
- Designación y número de fabricación de la maquinaria o artefacto con los que se ha efectuado el consumo de gasóleo bonificado.
- El volumen de litros consumidos e importe del mismo.
- En el supuesto de adquisiciones de gasóleo satisfechas mediante cheques gasóleo, el declarante deberá determinar la cantidad de litros adquiridos correspondientes al importe satisfecho y consignar este dato en la solicitud
- La fecha y número de factura de cada operación de suministro o del conjunto de suministros de gasóleo bonificado amparados en una misma factura.
- Identificación de la entidad financiera y del código de la cuenta cliente, a la que se efectuarán las transferencias de las devoluciones.
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