DEVOLUCION SOBRE EL IMPUESTO DE HIDROCARBUROS SOPORTADAS POR AGRICULTORES Y GANADEROS

DEVOLUCION SOBRE EL IMPUESTO DE HIDROCARBUROS SOPORTADAS POR AGRICULTORES Y GANADEROS

lunes 20 de abril, 2015

Está abierto el plazo desde el 1 de Abril para la presentación de la devolución...

Está abierto el plazo desde el 1 de Abril para la presentación de la devolución sobre el impuesto de Hidrocarburos soprotada por Agricultores y Ganaderos. Enlace con la web de la Agencia Tributaria para la solicitud

http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio_es_ES/Aduanas_e_Impuestos_Especiales/Impuestos_Especiales/Gasoleo_Agricola/Gasoleo_Agricola.shtml

Para obtener la presente devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos, deberá presentarse a la Administración Tributaria -de acuerdo con la  Orden que en cada período establezca el procedimiento para la devolución parcial de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos soportadas por  agricultores y ganaderos-  la correspondiente solicitud de devolución.

Esta presentación  se realizará por Internet en la dirección www.agenciatributaria.gob.es, a partir del 1 de abril del año posterior a aquél en el que se realizaron las adquisiciones de gasóleo, estando en posesión de un certificado de firma electrónica, o realizar la presentación de la solicitud a través de la colaboración social, ajustada al formato electrónico aprobado.

En la solicitud deberá constar:

  1. NIF: 9 caracteres
  2. Código correspondiente al medio empleado para la utilización del gasóleo como carburante: 1. Tractores; 2. Maquinaria agrícola distinta de los tractores; 3. Motores fijos; 4. Otros medios utilizados.
  3. Las matrículas de los vehículos en los que se ha utilizado el gasóleo bonificado.
  4. Designación y número de fabricación de la maquinaria o artefacto con los que se ha efectuado el consumo de gasóleo bonificado.
  5. El volumen de litros consumidos e importe del mismo.
  6. En el supuesto de adquisiciones de gasóleo satisfechas mediante cheques gasóleo, el declarante deberá determinar la cantidad de litros adquiridos correspondientes al importe satisfecho y consignar este dato en la solicitud
  7. La fecha y número de factura de cada  operación de suministro  o del conjunto de suministros de gasóleo bonificado amparados en una misma factura.
  8. Identificación de la entidad financiera y del código de la cuenta cliente, a la que se efectuarán las transferencias de las devoluciones.